El pasado día 9/07/2015 se aprobó la «rebaja adelantada de IRPF» prevista para 2016, introduciendo modificaciones en el presente ejercicio fiscal:
- Retención para los autónomos a partir del 12 de julio:
- Retenciones del 19% ⇒ 15%
- Retenciones del 09% ⇒ 07%
- Retención del alquiler
- Facturas emitidas con carácter previo al 12/07/2015 se mantendrá al 20% durante el ejercicio 2015 reduciéndose al 19% en enero de 2016.
- Facturas emitidas con posterioridad al 12/07/2015 se deberá aplicar el tipo del 19,5% durante el ejercicio 2015, reduciéndose al 19% en enero de 2016.
- Rebaja fiscal del ahorro:
- Ganancias de hasta 6.000€ tipo del 19,5%
- Ganancias de entre 6.000€ y 24.000€ tipo del 21,5%
- Ganancias de 50.000€ en adelante tipo del 23,5%
- Retención de trabajadores
- Se aplicará con carácter general la siguiente tabla a partir del presente mes de julio.
Las nóminas deberán adaptarse en julio, o a lo sumo en agosto, ya que no será hasta la semana que viene cuando la Agencia Tributaria colgará una aplicación para calcular las nuevas retenciones.