Nuevo Salario Mínimo Interprofesional (SMI 2023)
Tras la publicación del Real Decreto 99/2023, de 14 de febrero, el Salario Mínimo Interprofesional queda fijado en:
Diario | Mensual / 12 pagas | Mensual / 14 pagas | Anual |
36€ | 1.260€ | 1.080€ | 15.120€ |
Para las personas trabajadoras eventuales, así como las temporeras y temporeros, el SMI queda fijado en 51,15 euros por jornada legal en la actividad.
En cuanto al SMI de empleados de hogar que trabajen por horas, en régimen externo, queda fijado en 8,45 euros por hora efectivamente trabajada.
Las nuevas cantidades resultarán de aplicación con efectos retroactivos al 1 de enero de 2023.
Grupo cotización | Categorías profesionales | Bases mínimas mensuales | Bases máximas mensuales |
1 | Ingenieros y Licenciados. | 1.629,30 | 4.495,50 |
2 | Ingenieros Técnicos, Peritos y Ayudantes Titulados. | 1.351,20 | 4.495,50 |
3 | Jefes Administrativos y de Taller. | 1.175,40 | 4.495,50 |
4 | Ayudantes no Titulados | 1.166,70 | 4.495,50 |
5 | Oficiales Administrativos. | 1.166,70 | 4.495,50 |
6 | Subalternos. | 1.166,70 | 4.495,50 |
7 | Auxiliares Administrativos. | 1.166,70 | 4.495,50 |
Bases mínimas diarias | Bases máximas diarias |
||
8 | Oficiales de primera y segunda. | 38,89 | 149,85 |
9 | Oficiales de tercera y Especialistas. | 38,89 | 149,85 |
10 | Peones. | 38,89 | 149,85 |
11 | Trabajadores menores de 18 años. | 38,89 | 149,85 |
Como novedad para el 2023, con el fin de garantizar el equilibrio de las generaciones futuras y la sostenibilidad del sistema de la Seguridad Social, se añade una cotización adicional denominada Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) que establece una cotización del 0,6% sobre la base de cotización de contingencias comunes: 0,5% a cargo de la empresa y 0,1% a cargo del trabajador.