Nuevas medidas contra la inflación: rebaja del IVA en alimentos, cheque 200 euros, energía, ayudas a empresas y familias…
Este año 2023 se inicia con cambios relevantes en materia de sociedad, empleo y economía, a continuación te resumimos las principales medidas fiscales que se adoptan en el recién publicado Real Decreto Ley 20/2022:
Suministros de energía
Se mantiene la reducción del IVA en los suministros del gas natural, pellets, briquetas y leña
Desde el 1 de enero de 2023 y hasta el 31 de diciembre de 2023, se mantiene el 5% del IVA a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de gas natural, briquetas y «pellets» procedentes de la biomasa y a la madera para leña.
Asimismo, se establece que durante el mismo periodo, el tipo del recargo de equivalencia aplicable a las entregas de briquetas y «pellets» procedentes de la biomasa y a la madera para leña será el 0,625%.
Se mantiene la reducción del IVA de la energía eléctrica
Se prorroga durante todo el 2023 el IVA del 5% a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de energía eléctrica efectuadas a favor de:
- Titulares de contratos de suministro de electricidad, cuya potencia contratada (término fijo de potencia) sea inferior o igual a 10 kw, con independencia del nivel de tensión del suministro y la modalidad de contratación, siempre que el precio medio aritmético del mercado diario correspondiente al último mes natural anterior al del último día del periodo de facturación haya superado los 45 €/MWh.
- Titulares de contratos de suministro de electricidad perceptores del bono social de electricidad y tengan reconocida la condición de vulnerable severo o vulnerable severo en riesgo de exclusión social conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre.
Impuesto especial sobre la electricidad
Se establece durante el año 2023 la aplicación del 0,5%.
Impuesto sobre el valor de la producción de energía eléctrica
Se mantienen para el ejercicio 2023 la suspensión temporal del Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica (IVPEE).
Medidas especiales en relación al Covid
Se mantiene la reducción del IVA de las mascarillas quirúrgicas desechables
Hasta el 30 de junio de 2023 se mantiene el 4% de IVA para las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de las mascarillas quirúrgicas desechables.

Se mantiene la reducción del IVA de determinados bienes y prestaciones de servicios necesarios para combatir los efectos del Covid
Se prorroga hasta el 30 de junio de 2023 la aplicación del un IVA del 0% a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de determinados bienes y prestaciones de servicios necesarios para combatir los efectos del Covid, así como a efectos del régimen especial del recargo de equivalencia, prevista en la disposición final séptima del Real Decreto-ley 35/2020,de 22 de diciembre.
IVA de productos básicos
Reducción IVA de los aceites de oliva y de semillas y de las pastas alimenticias
Desde el 1 de enero de 2023 hasta el 30 de junio de 2023 se reduce al 5% del IVA a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de los siguientes productos:
- Los aceites de oliva y de semillas.
- Las pastas alimenticias.
El tipo del recargo de equivalencia aplicable a estas operaciones será del 0,625%.
A partir del 1 de mayo de 2023 el IVA aplicable será el 10% en el supuesto de que la tasa interanual de la inflación subyacente del mes de marzo, publicada en abril, sea inferior al 5,5%. En este caso, el tipo del recargo de equivalencia aplicable a estas operaciones será del 1,4%.
Supresión del IVA de determinados productos frescos
También hasta el 30 de junio de 2023 se reduce al 0% el IVA a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de los siguientes productos:
- El pan común, así como la masa de pan común congelada y el pan común congelado destinados exclusivamente a la elaboración del pan común.
- Las harinas panificables.
- Los siguientes tipos de leche producida por cualquier especie animal: natural, certificada, pasterizada, concentrada, desnatada, esterilizada, UHT, evaporada y en polvo.
- Los quesos.
- Los huevos.
- Las frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales, que tengan la condición de productos naturales de acuerdo con el Código Alimentario y las disposiciones dictadas para su desarrollo.
El tipo del recargo de equivalencia aplicable a estas operaciones será del 0%.
Al igual que en el caso anterior el IVA aplicable será el 4% a partir del día 1 de mayo de 2023, en el supuesto de que la inflación subyacente del mes de marzo, sea inferior al 5,5%. También en este caso, el tipo del recargo de equivalencia aplicable a estas operaciones será del 0,5%
Impuesto sobre la Renta de Personas Física (IRPF)

Deducción por maternidad
Durante este año también se aclara el derecho a seguir percibiendo la deducción por maternidad en el IRPF, aun cuando alguno de los progenitores tuviera derecho al complemento de ayuda para la infancia respecto del mismo descendiente, evitando de esta forma que el cambio normativo llevado a cabo en esta materia perjudique a las familias que hasta ahora venían disfrutando de aquélla.
Afectados por el volcán de La Palma
Se prorrogan los beneficios fiscales establecidos en el IBI y en el IAE, exención de las cuotas del IBI que afecten a viviendas, establecimientos industriales, turísticos, mercantiles, marítimo-pesqueros y profesionales, explotaciones agrarias y forestales, locales de trabajo y similares, dañados y reducciones en el IAE a las industrias de cualquier naturaleza, establecimientos mercantiles, marítimo-pesqueros, turísticos y profesionales dañados, recargos legalmente autorizados sobre los mismos, y posibilidad de devolución de las cantidades ingresadas en el caso de haber satisfecho el recibo correspondiente.
Se mantiene la moratoria de préstamos hipotecarios y no hipotecarios para los afectados que la hubieran solicitado, limitada a seis meses.
Se prorrogan hasta el 30 de junio los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTEs) derivados de las situaciones de fuerza mayor provocadas por la erupción del volcán, y se incluyen como posibles beneficiarios de las ayudas por daños materiales en la vivienda habitual no solo a los propietarios sino a los titulares del usufructo sobre la vivienda.
Se prorroga a su vez la prestación por cese de actividad para trabajadores autónomos hasta junio de 2023.
Otros beneficios fiscales aprobados
Afectados por los incendios forestales ocurridos durante los meses de junio, julio y agosto de 2022
Como viene siendo habitual cuando se producen catástrofes naturales (incendios forestales, en este caso que tuvieron lugar en las Comunidades Autónomas de Andalucía, Aragón, Illes Balears, Canarias, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Cataluña, Comunidad Valenciana, Extremadura, Galicia, Madrid, Región de Murcia, Comunidad Foral de Navarra, País Vasco y La Rioja, durante los meses de junio, julio y agosto, y que se relacionan en el Anexo del Acuerdo del Consejo de Ministros, de 23 de agosto de 2022), el Gobierno aprueba una serie de medidas de carácter excepcional que contribuyen al restablecimiento de la normalidad en las zonas afectadas, estableciéndose en este caso exenciones en la cuota del IBI, reducciones en la cuota del IAE y reducciones especiales para las actividades agrarias y exenciones para las ayudas por daños personales en el IRPF.
Ayudas a las familias
Se establece para las familias con rentas de hasta 27.000 euros una ayuda de 200 euros para reducir las situaciones de vulnerabilidad económica que no estén cubiertas por otras prestaciones de carácter social. Esta ayuda, de 200 euros es un pago único, y se dirige a quienes hayan sido asalariados, autónomos o desempleados en 2022.
Medidas mercantiles y/o concursales
Se crea de nuevo una moratoria «contable» con el fin de evitar la liquidación de empresas que, en condiciones normales, pueden ser viables. A los efectos de la causa legal de disolución por pérdidas, no se computarán las de los ejercicios 2020 y 2021 durante un período de 3 ejercicios contables; esto es, las pérdidas de los ejercicios 2020 y 2021 no se computarán ni en los ejercicios contables de 2022 y 2023 ni hasta el momento del cierre del ejercicio 2024.
Medidas en materia de vivienda
Se prolonga hasta el 31 de diciembre de 2023 la limitación de actualización anual de la renta de los contratos de arrendamiento de vivienda, de Arrendamientos Urbanos. La actualización de la renta no pueda superar el resultado de aplicar la variación anual del Índice de Garantía de Competitividad.[/caption]
Se amplía hasta el 30 de junio de 2023 la suspensión de los procedimientos y lanzamientos en los supuestos y de acuerdo con los trámites ya establecidos, así como la posibilidad, hasta el 31 de julio de 2023, de solicitar compensación por parte del arrendador o propietario para hacer frente a las situaciones de vulnerabilidad social y económica en el ámbito de la vivienda y en materia de transportes.
Por último, se contempla una prórroga extraordinaria del plazo de los contratos de arrendamiento de seis meses desde la fecha de finalización, durante la cual se seguirán aplicando los términos y condiciones establecidos para el contrato en vigor.
Aplazamiento pago cuotas Seguridad Social
Se prorroga por un plazo de tres meses más, el régimen extraordinario de aplazamientos en el pago de cuotas de la Seguridad Social por el que se adoptan medidas urgentes de apoyo al sector agrario por causa de la sequía y en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania.
Ingreso mínimo vital
Se extiende para todo el año el incremento extraordinario de la prestación del ingreso mínimo vital, de modo que el ingreso mínimo vital experimente para 2023 un 15 % de incremento respecto de la cuantía que tenía a 1 de enero de 2022.
Oferta extraordinaria de empleo público
Se aprueba una oferta de empleo extraordinaria de 1.000 plazas. La ejecución de esta oferta de empleo público extraordinaria deberá realizarse en el plazo improrrogable de un año desde la publicación de las respectivas convocatorias.
Más medidas urgentes
Se modifica la Ley General de la Seguridad Social, para permitir la actividad de los profesionales jubilados facultativos de atención primaria, médicos de familia o pediatras en el Sistema Nacional de Salud.
Se prorroga el SMI de 2022 para 2023, mientras no se llegue a un acuerdo en relación con su subida.
Se extiende hasta el 30 de junio de 2023 las medidas en el ámbito laboral por el que se prorrogan determinadas medidas para responder a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica, y para la recuperación económica y social de la isla de La Palma, de forma que:
- Las empresas beneficiarias de las ayudas directas no podrán justificar despidos objetivos basados en el aumento de los costes energéticos.
- Las empresas que se acojan a las medidas de reducción de jornada o suspensión de contratos reguladas en el artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores por causas relacionadas con la invasión de Ucrania y que se beneficien de apoyo público no podrán utilizar estas causas para realizar despidos.
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